Alta en el Registro de Asociaciones
TEMA: |
SUBTEMA: |
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Participación Ciudadana |
Asociaciones |
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DENOMINACIÓN DEL SERVICIO/TRAMITE/PROCEDIMIENTO: |
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INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO MUNICIPAL DE ASOCIACIONES |
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¿EN QUÉ CONSISTE? |
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Para facilitar la participación ciudadana y el ejercicio de los derechos reconocidos a las entidades ciudadanas por las disposiciones normativas aplicables y por el Reglamento Orgánico del Ayuntamiento de Móstoles (ROM), se crea el Registro Municipal de Asociaciones (RMA), cuyo objeto es permitir al Ayuntamiento conocer el número de entidades existentes en el municipio, sus fines y representatividad, y así posibilitar una correcta política de fomento del asociacionismo y su participación en la actividad municipal.
Las asociaciones que deseen inscribirse en el RMA del Ayuntamiento de Móstoles deberán cumplir los requisitos establecidos en los artículos 291 y 292 del ROM, aprobado en Pleno de 31 de marzo de 2005. IMPORTANTE: A efectos de la continuación de la vigencia de la inscripción, todas las entidades inscritas en el RMA deberán presentar anualmente, antes del último día del mes de marzo, memoria de las actividades del año, curso o temporada anterior, donde consten actividades realizadas y balance de gastos e ingresos, número de asociados y cualquier modificación producida respecto a los datos inscritos, como cambios en la Junta Directiva o en los Estatutos, con la finalidad de que el RMA esté actualizado. La falta de presentación de esta documentación podrá determinar la no continuidad de la inscripción en el RMA, previa audiencia al interesado. |
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¿QUIÉN PUEDE REALIZARLO? |
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La inscripción se realizará a petición de todas aquéllas entidades interesadas, legalmente constituidas y previamente inscritas en el Registro de Asociaciones de la Comunidad de Madrid, con sede social en el término municipal de Móstoles y ámbito territorial en la Comunidad de Madrid. |
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DOCUMENTACIÓN NECESARIA |
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PLAZOS DE DURACIÓN DEL PROCEDIMIENTO |
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- 15 días desde la solicitud, salvo que dicho plazo se viera interrumpido por subsanación de documentación. |
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LEGISLACIÓN APLICABLE |
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- Reglamento Orgánico del Ayuntamiento de Móstoles (artículos 290 a 292). - Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. |
PROCEDIMIENTO DE TRAMITACIÓN: | |
INTERNET |
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INTERNET |
¿Cómo se hace el trámite?
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UNIDAD ADMINISTRATIVA RESPONSABLE: | |
Secretaría General, siendo administrado por el Área de Participación Ciudadana (artículo 292.1 del Reglamento Orgánico Móstoles): ÁREA DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA
Calle San Antonio nº 2, 3ª planta 28931 Móstoles (Madrid)
Teléfono RMA: 91.648.94.87
Horario apertura del CPC: De 8:00 a 22:00 horas de Lunes a Viernes. |
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