Proceso:


1.- Solicitud de arbitraje a través de la entidad bancaria:

- Se acompañarán las copias de los documentos (Ver documentos a presentar)

- Se llevarán dos ejemplares de la solicitud.

- Se pedirá que se sellen todas las hojas del original y de la copia.


2.- Determinación por la gestora privada de quienes accederán al arbitraje de entre las solicitudes presentadas, conforme a los criterios (Ver criterios)


3.- Desarrollo del arbitraje y emisión del laudo arbitral (decisión).


Las posibles decisiones son múltiples y no conllevan necesariamente recuperación de dinero.



PARA TODOS LOS CASOS LOS CRITERIOS PARA SER ADMITIDO EN ARBITRAJE SON:


(Debe cumplirse al menos uno de ellos) (Los criterios han sido extraídos del documento publicado en la página Web del FROB como nota de prensa de 17 de abril de 2013)

  1. Si quien compró las preferentes es menor de edad y no ha intervenido representante o tutor.
  2. Si quien compró las preferentes es incapaz (con declaración de incapacidad) y no ha intervenido representante o tutor.
  3. Si no hay contrato.
  4. Si falta documentación esencial.
  5. Si hay incorrecciones importantes en la documentación (falta de firmas).
  6. Falta de información o información incorrecta sobre los riesgos.
  7. Información contradictoria o no coherente.
  8. Ausencia de test o similar.
  9. Procedimiento de evaluación de conveniencia manifiestamente incorrecto.
  10. Cuantía de la inversión en relación con el total del patrimonio del solicitante.
  11. Acreditación por el solicitante de que la entidad fue quien le recomendó el producto sin valoración de idoneidad.
  12. Acreditación de una información verbal incorrecta.



TENDRAN PREFERENCIA EN LA TRAMITACION DEL ARBITRAJE (Extraídos del documento del FROB):


  1. Las personas de más edad frente a las de menos edad.
  2. Las personas de menores ingresos familiares frente a las de más ingresos familiares.
  3. Los que tengan más porcentaje del total de recursos disponibles invertidos en preferentes.
  4. Los de menor inversión frente a los de mayor inversión.



DOCUMENTOS (RECOMENDADOS) A PRESENTAR CON LA SOLICITUD DE ARBITRAJE:


  1. Copia DNI.
  2. Última declaracion de la renta, documentos acreditativos de situacion de desempleo o prejubilacion.
  3. Documentos acreditativos del origen del dinero invertido si procede de indemnizaciones certificados de incapacidad, en su caso.
  4. Papel acreditativo de haber pedido los documentos al banco.
  5. Documentos entregados por el banco señalando los que no esten firmados.