¿Qué es un viaje combinado? Para hablar de viaje combinado debe tratarse de un viaje que reúna las siguientes características:

  1. Que se integre al menos por transporte, alojamiento y otros servicios no incluidos en los anteriores.
  2. Que se ofrezca por un precio global.
  3. Que la prestación del servicio supere 24 horas o incluya una noche de estancia.

Empresas que intervienen en la realización de un viaje combinado

De un lado la agencia organizadora o mayorista cuya actividad habitual es precisamente la de organización de viajes combinados. No contrata directamente con el consumidor.

De otro la agencia al detalle o minorista, quien se encarga de la venta al consumidor de los viajes combinados (agencia de viajes). Esta última tiene la obligación de facilitar un programa o folleto informativo, claro, preciso y vinculante sobre la oferta del viaje.

La reserva

Al reservar el viaje combinado, la agencia de viajes puede pedir un depósito que será como máximo del 40% del precio total del viaje, debiendo emitir el precio correspondiente.

El contrato

El contrato vincula al consumidor con la mayorista organizadora y con la agencia. Debe formalizarse por escrito con el contenido mínimo legalmente establecido.

En el caso de que se produzca un cambio en las modificaciones del contrato antes de la salida del viaje, siempre que esta variación se deba a razones objetivas y que afecte a un elemento esencial del viaje programado, el organizador deberá comunicar inmediatamente estas circunstancias al consumidor quien tendrá derecho a elegir entre:

  • Resolver el contrato sin ningún tipo de penalización
  • Aceptar la modificación debiendo modificarse proporcionalmente el precio

La decisión deberá ser comunicada por el consumidor dentro de los tres días siguientes a la notificación. Si no dice nada se entiende que ha elegido la rsolución del contrato.

Si el contrato se resuelve el consumidor, a su vez, podrá optar entre:

  • Recibir el reembolso de todas las cantidades pagadas
  • Realizar un viaje equivalente o superior propuesto por el organizador

En cualquiera de los dos casos tendrá derecho a indemnización:

  • Del 5% de total del precio si los cambios se producen entre dos meses y quince días de la fecha de salida del viaje
  • Del 10% si se produce entre quince y tres días antes
  • Del 25% si se produce cuarenta y ocho horas antes del viaje

En relación a los precios, la regla general es que no se pueden modificar, salvo que esta posibilidad se contemple en el contrato y solo si responde a modificaciones de los precios del transporte, carburantes, tasas e impuestos, y tipos de cambio monetario.

Anulaciones por parte del viajero

Si el consumidor quiere renunciar al viaje contratado tendrá derecho a la devolución únicamente de una parte de lo abonado ya que la agencia podrá descontar lo equivalente a os gastos de gestión, anulación y las siguientes cantidades en concepto de indemnización:

  • El 5% del precio total del viaje si se anula entre diez y quince días antes
  • El 10% si se produce entre tres y diez días antes
  • El 25% si se produce cuarenta y ocho horas antes del viaje.
  • Si el viajero no se presenta a la salida, no tendrá derecho a devolución y abonará el importe total del viaje, salvo acuerdo con la agencia de viajes o en caso de fuerza mayor.

Anulaciones por parte de la agencia

El consumidor tendrá derecho al reembolso del precio o a un viaje equivalente además de la correspondiente indemnización, salvo los supuestos legalmente previstos.

Normativa aplicable

  • Ley 21/1995, de 6 de julio, Reguladora de los Viajes Combinados, modificada por Ley 39/2002, de 28 de octubre.