Que es un servicio de grúas

Es la actividad desarrollada para la captación, carga, arrastre o enganche y transporte de vehículos automóviles desde un punto de origen a otro de destino mediante el uso de un vehículo destinada para ello.

Obligaciones del prestador del servicio y derechos del consumidor

Entrega de Hoja informativa

Es obligatorio que se entregue al consumidor una Hoja previa a la elaboración de presupuesto en la que debe constar:

  • Identificación personal y fiscal del titular.

  • Número de autorización del transporte y plazo de validez.

  • Detalle de las operaciones que puede realizar con indicación de precio por kilómetro e importe de los distintos servicios.

  • Horario.

  • Comienzo y fin del servicio.

  • Medios de pago admitidos impuestos incluidos.

  • Leyenda relativa a la existencia de Hojas de Reclamaciones a disposición del consumidor.

  • Datos del consumidor y de la persona que realizará el servicio.

Presupuesto

Deberá entregarse antes de la prestación del servicio y será firmado por ambas partes. El presupuesto podrá ser rechazado, en cuyo caso el prestador podrá cobrar el importe correspondiente a los kilómetros recorridos hasta llegar donde se encuentra el vehículo y que no será superior a los kilómetros que haya desde el punto base mas próximo de la grúa.

Orden de servicio

Cuando el servicio de grúa solicitado se realice con cargo a un seguro, el presupuesto se sustituirá por una orden de servicio en la que se incluyan los datos de la aseguradora.

  • En ambos documentos se podrá hacer constar opcionalmente a criterio del consumidor el estado del vehículo y accesorios.

  • Se confeccionarán por duplicado entregando un ejemplar para el consumidor.

La factura o justificante

Es obligatoria la entrega de factura o justificante del servicio realizado.

Sólo podrán cambiarse los conceptos de enganche y servicio cuando se solicite el servicio de grúa y éste sea a cargo de seguro en el que el consumidor no deba realizar pago alguno.

Normativa aplicable

  • Decreto 151/2001, de 13 de septiembre de grúas para automóviles de la Comunidad de Madrid.

RECUERDE: Exija siempre la Hoja informativa sobre el servicio y el presupuesto previo.