Los Servicios de Asistencia Técnica, S.A.T., de Reparación de Electrodomésticos, son establecimientos o personas que se dedican a la instalación, mantenimiento y reparación de aparatos domésticos, que requieren para su funcionamiento algún tipo de energía.

Todos los SAT oficiales de marcas son aquellos que poseen autorización escrita del fabricante o representante legal para realizar los trabajos en nombre de dicha marca.

Queda prohibido, para los servicios no oficiales, toda ostentación de referencia a marcas para no inducir a la confusión de los clientes.


A tener en cuenta:

  1. Todos los SAT están obligados a exhibir, de forma visible:
    • Los precios aplicables a los tiempos de trabajo.
    • Los precios por gastos de transporte y/o desplazamiento.
    • Los precios y recargo por trabajos de emergencia o los realizados fuera De la jornada normal.
    • Estos precios deberán incluir el IVA. Y en caso de que éste no estuviera computado en ellos, será necesario su anuncio al público.
    • Asimismo deberán exhibir la leyenda oficial: "Este establecimiento disponede hojas de Reclamaciones a disposición del cliente".
  2. En el establecimiento deberán existir carteles, informándose de forma clara y visible, sobre los siguientes aspectos:
    • Todo cliente tiene derecho a solicitar presupuesto previo por escrito de las reparaciones o servicios que desee.
    • El cliente quedará obligado al pago de la elaboración del presupuesto solicitado, si éste no fuera aceptado.
    • Todas las reparaciones o instalaciones realizadas estarán garantizadas por tres meses.
  3. El horario de prestación de servicio al público deberá ser visible desde el exterior del establecimiento.
  4. Los técnicos que realicen sus trabajos en el domicilio del cliente, deberán disponer, además de su identificación, de las hojas informativas citadas anteriormente, para conocimiento del cliente, en caso de que éste lo solicite.

El resguardo de depósito

El resguardo acreditativo de depósito del aparato a reparar, deberá identificar tanto al cliente como al SAT, describirá la presunta avería, hará constar las fechas de recepción y la prevista de entrega y deberá ir numerado y firmado por ambas partes.

El presupuesto

Todo usuario tiene derecho a un presupuesto previo, que se realizará en un plazo no superior a 5 días hábiles, que tendrá la validez de 30 días y que contendrá los siguientes datos:

  • Identificación completa del SAT y del cliente.
  • Identificación completa del aparato (modelo, marca, etc).
  • Motivo de la reparación.
  • Diagnóstico de la avería.
  • Importe y referencia a la inclusión, o no ,del IVA en los mismos.
  • Referencia a los gastos de almacenamiento, si los hubiere.
  • Referencia a las piezas de repuesto a utilizar.
  • Tiempo previsto de entrega del aparato reparado.
  • Fecha y firma del SAT.

Si el cliente acepta el presupuesto dará conformidad con su firma, recibiendo copia del documento y del resguardo de depósito del aparato.

En caso de no aceptación del presupuesto

El cliente deberá abonar la elaboración del presupuesto, siempre que le haya solicitado y no aceptado. Los tiempos a considerar en la elaboración del presupuesto serán:

  • En el caso de pequeños aparatos, 15 minutos.
  • En los aparatos de "línea blanca", 30 minutos.
  • En los aparatos de "línea marrón", 60 minutos.

La cuantía del presupuesto deberá corresponderse con los precios exhibidos. A esta cuantía deberá aplicarse el IVA.

El aparato será devuelto al cliente montado en las mismas condiciones que lo entregó.

Averías o defectos ocultos

En el supuesto de que en el transcurso de los trabajos de reparación apareciese una nueva avería o defecto no observado en el presupuesto previo, el SAT informará al cliente lo antes posible por medio de un nuevo presupuesto para su nueva aceptación por el cliente.

Si el cliente hubiese renunciado por escrito a la elaboración del presupuesto, el SAT pondrá en su conocimiento la existencia de la avería o defecto oculto siempre que el coste de la reparación sea superior al:

  • 10% del valor del aparato nuevo, cuando éste no exceda de 60 €,
  • 8% del valor del aparato nuevo, cuando esté comprendido entre los 60 y 300 €,
  • 6% del valor del aparato nuevo, cuando éste exceda de 300 €.

Por encima de los límites indicados deberá ofertarse siempre un nuevo presupuesto.

Recuerde que:

La presentación del resguardo será necesaria, tanto para la recogida del presupuesto como para la retirada del aparato.

Piezas de repuesto

Todas las piezas de repuesto que se utilicen han de ser nuevas, salvo autorización expresa por escrito del cliente para la utilización de piezas de repuesto usadas y no originales.

El SAT está obligado al término de la reparación, a entregar al usuario que lo solicite las piezas que hayan sido sustituidas, excepto si el aparato se haya en periodo de garantía.

Todos los SAT están obligados a dar servicio de piezas de repuesto durante 5 años. a contar desde que el aparato dejó de fabricarse.

Las piezas de repuesto se suministraran en un plazo no superior a un mes, desde su solicitud por parte del cliente, para los aparatos de importación y no superior a 15 días para los aparatos nacionales.

Todos los SAT están obligados a tener a disposición del público justificación documental que acredite el origen y precio de las piezas.

Los precios presupuestados para las piezas de repuesto se corresponderán con los precios de venta al público de los mismos.

La factura

Es obligada la entrega de factura al usuario con los datos siguientes:

  • Identificación del establecimiento (nombre, domicilio y NIF).
  • Identificación del cliente.
  • Número de reparación.
  • Marca y modelo del aparato.
  • Operaciones realizadas y piezas de repuesto utilizadas.
  • Tiempo de mano de obra empleado.
  • Desplazamiento y transporte si lo hubiere.
  • Fecha y firma del responsable.

Se añadirá el IVA que corresponda o se utilizará la expresión "IVA incluido", si el importe ya lo incluye.

Servicio a domicilio

Cuando las reparaciones se llevan a cabo en el domicilio del cliente, el tiempo mínimo de mano de obra que se podrá facturar será:

  1. Para pequeños aparatos 15 minutos,
  2. Para línea blanca 30 minutos,
  3. Para línea marrón 60 minutos.

Cuando exista presupuesto la cuantía y conceptos de la factura deberán corresponderse con él.

El técnico dispondrá para su entrega al usuario, si éste lo requiere, la hoja informativa donde se especifique:

  • Tiempos aplicables por tiempo de trabajo
  • Gastos de transporte y/o desplazamiento, que sólo podrá facturarse una vez aún cuando afecte a varios aparatos o sean necesarios varios desplazamientos para la realización de un mismo servicio.
  • No se cobrará desplazamiento si el cliente está ausente.
  • Recargos por urgencia y /o fuera de la jornada laboral.

La garantía de las reparaciones

La garantía de las reparaciones efectuadas tendrá un periodo mínimo de validez de 3 meses

La garantía se entiende total, afectando a mano de obra, gastos de transporte y desplazamiento, piezas y material (siempre que se corresponda con lo cobrado en la factura).

La garantía no tendrá efecto en los siguientes casos:

  • Si el aparato se repara por terceros.
  • Si el SAT comprueba el mal uso del aparato por parte del usuario.
  • Si el usuario se niega a reparar la totalidad de las averías comunicadas por el SAT. Si no hubiera acuerdo entre el SAT y el usuario respecto a si la diferencia está cubierta por la garantía, se puede acudir a los Servicios de Consumo.

Normativa aplicable

  • Real Decreto 58/1988, de 19 de enero.


RECUERDE:
La demora en la retirada de un electrodoméstico depositado para su reparación desde la fecha de aviso de la terminación del trabajo puede suponer que el establecimiento le cobre una cantidad por el depósito.