1. En las oficinas de Registro General del Ayuntamiento de Móstoles o de las Juntas de Distrito.
  2. En los Registros de cualquier órgano administrativo, que pertenezca a la Administración General del Estado, a la de cualquier Administración de las Comunidades Autónomas o de las Administraciones Municipales que tengan acuerdo con el Ayuntamiento de Móstoles.
  3. En las oficinas de Correos de acuerdo al reglamento vigente que Correos tenga establecido.