Ayudas a las Familias en el inicio del curso escolar 2023-24
Debido a una incidencia técnica, y únicamente para aquellas solicitudes que hayan resultado excluidas por el código 02 - El/la solicitante y/o cónyuge/análogo no está al corriente de sus obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Móstoles, se ampliará el plazo de subsanación hasta el día 04/12/2023. Dicha subsanación deberá realizarse aportando la documentación indicada, y a través de los mismos canales ya establecidos a este efecto:
1. Oficinas de Registro Municipal: Horario de 9,00 a 20,00 h. de lunes a viernes.
- Junta de Distrito Centro- San Antonio 2, planta baja
- Junta Distrito Norte-Universidad- Av. Alcalde Móstoles, 34
- Junta Distrito Sur-Este- C/ Libertad, 34, posterior
- Oficina Atención al Vecino PAU- Plaza del Sol, 3
- Junta Distrito Oeste- C/ Velázquez, 68
- Junta Distrito Coimbra-Guadarrama-C/ Cedros, 71
- Ayuntamiento de Móstoles- Plaza de España, 1: Horario de 9,00 a 14,00 h. y de 17,00 a 20,00h. de lunes a viernes
2. En los registros de cualquier órgano administrativo, que pertenezca a la Administración General del Estado, a la de cualquier Administración de las Comunidades Autónomas, o a la de alguna de las entidades que integran la Administración Local si, en este último caso, se hubiese suscrito el oportuno Convenio.
3. En las oficinas de Correos, acompañando la documentación correspondiente.
4. En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.