Impuestos Municipales

Gestión Tributaria

Información, tramitación y recaudación de impuestos municipales.

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¿Qué es?

Beneficio fiscal consistente en una bonificación del 50% sobre el IBI, si la vivienda es una vivienda de Protección Pública, durante los tres ejercicios posteriores a la Calificación Definitiva como Vivienda Pública.


¿Qué se necesita?
  • Solicitud general cumplimentada.
  • Copia de la Calificación definitiva como vivienda protegida, emitida por la Comunidad de Madrid.
  • Fotocopia de la alteración catastral (MD 901).
  • Fotocopia del certificado de calificación definitiva de Vivienda de Protección Oficial.
  • Fotocopia de la escritura o nota simple registral del inmueble.
  • Si en la escritura pública no constara la referencia catastral, fotocopia del recibo del Impuesto Sobre Bienes Inmuebles del ejercicio anterior.

¿Dónde realizarlo?
  • Atención presencial
    Lunes a viernes de 9'00 a 18'00 horas
    Oficina de Atención al Contribuyente
    C/ Rejilla, nº 11.
  • Por correo ordinario dirigido a
    La Oficina de Atención al Contribuyente:
    C/ Rejilla, nº 11
    28934 Móstoles (Madrid).