Juntas de Distrito

Impulso y desarrollo de la participación ciudadana en la gestión de los asuntos municipales.

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¿Qué es?

Beneficio fiscal consistente en una bonificación del 95% sobre el Impuesto de bienes e Inmuebles para familias numerosas


¿Qué se necesita?
  • Solicitud general cumplimentada.
  • Documentación a adjuntar:
    • Original y Fotocopia compulsada del Titulo de Familia Numerosa en vigor. La compulsa se puede realizar en el mismo momento previo pago de la Tasa por diligencia y compulsa.
    • Justificante del pago del último recibo del IBI puesto al cobro o aplazamiento o fraccionamiento concedido en su caso. En caso de extravío del recibo se solicitara un certificado de pago del mismo.
    • Fotocopia del D.N.I. del sujeto pasivo del Impuesto.
    • Volante de empadronamiento en el municipio de los miembros de la unidad familiar. (Se emitirá en la propia oficina al iniciar la solicitud.
    • Justificante de la domiciliación bancaria del recibo del inmueble sobre el que se pide la bonificación.

¿Dónde realizarlo?
  • Atención presencial (de Lunes a viernes de 9'00 a 20'00 horas) Oficina de Atención al Contribuyente C/ Rejilla, 11.
  • Por correo ordinario dirigido a la Oficina de Atención al Contribuyente: C/ Rejilla, 11 - 28934 Móstoles (Madrid).