El pasado día 10 de junio han entrado en vigor las modificaciones de la Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana adaptadas al contenido del Real Decreto- Ley 26/2021.


A partir de esta fecha, el impuesto se satisfará por el sistema de autoliquidación por el sujeto pasivo, estando obligados a practicar autoliquidación del impuesto en el modelo oficial que se facilitará a los interesados en la Oficina de Atención al Contribuyente (OAC), en las Juntas de Distrito y en la Oficina de Atención al Vecino.

También puede solicitar cita previa (enlace) en la OAC para que le asistan en la cumplimentación de la autoliquidación.

Proceso automático para la solicitud de cita previa (minhap.es)Este enlace se abrirá en una ventana nueva


En el caso de no poder acudir presencialmente a la OAC, puede solicitar que se le envíe a su domicilio, mediante correo postal, el impreso de autoliquidación. Esta solicitud la puede realizar al correo electrónico: oac@mostoles.es.


La autoliquidación deberá ser presentada en los plazos siguientes a contar desde la fecha del devengo del impuesto:

  • Cuando se trate de actos ínter vivos: treinta días hábiles.
  • Cuando se refiera a actos por causa de muerte: seis meses prorrogables hasta un año a solicitud del sujeto pasivo, efectuada dentro de los referidos seis primeros meses.


El impuesto se devenga:

  • Cuando se transmite la propiedad del terreno, sea a título oneroso o gratuito, inter vivos o mortis causa, en la fecha de la transmisión.
  • Cuando se constituye o se transmite cualquier derecho real de disfrute limitativo del dominio, en la fecha de la constitución o de la transmisión.


A efectos de lo que dispone el apartado anterior, se considera fecha de la transmisión:

  • En los actos o en los contratos inter vivos, la del otorgamiento del documento público y, si se trata de documentos privados, la de la incorporación o inscripción en un registro público o la de la entrega a un funcionario público en razón de su oficio.
  • En las transmisiones mortis causa, la de la defunción del causante.