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  • El objetivo de esta iniciativa, según el Concejal de Cultura, Bienestar Social y Vivienda, Gabriel Ortega, consiste en ceder hasta 20 espacios en distintas localizaciones de tránsito de la Finca Liana para la realización de diversas actividades artísticas y culturales todos los domingos, en horario de mañana, de 11 a 14.30 horas.


FINCA LIANAImagen en alta resolución. Este enlace se abrirá mediante lightbox, puede haber un cambio de contextoFINCA LIANAEl Ayuntamiento de Móstoles, a través de la Concejalía de Cultura, Bienestar Social y Vivienda, va a desarrollar, dentro del programa CREA CULTURA MÓSTOLES, el proyecto Paseo del Arte.


El objetivo de esta iniciativa, según el Concejal de Cultura, Bienestar Social y Vivienda, Gabriel Ortega, consiste en ceder hasta 20 espacios en distintas localizaciones de tránsito de la Finca Liana para la realización de diversas actividades artísticas y culturales todos los domingos, en horario de mañana, de 11 a 14.30 horas.


Estas localizaciones estarán debidamente señalizadas y delimitadas. A su vez, se hará entrega a las personas o colectivos participantes de un documento acreditativo, que les dará derecho a la participación en la iniciativa e incluirá específicamente el día, hora y lugar para el que se autoriza Todos aquellos espacios que sean ocupados sin la señalización oportuna o sin el permiso por escrito, deberán finalizar la actividad y retirar los materiales utilizados, dejando el espacio libre para el tránsito de personas.


Con el Paseo del Arte, "se pretende trabajar la transformación de espacios habituales de ocio y paseo de la ciudadanía, convirtiéndolos en centros públicos de creación y representación cultural, con un carácter amable y con ribetes artísticos, como un elemento más de la transformación global de nuestro municipio a favor de las personas y la convivencia", ha añadido Ortega.


El Paseo del Arte se divide en tres etapas:


  1. Recepción en la Concejalía de Cultura y Bienestar Social de propuestas culturales, por parte de artistas afincados en la localidad. Los participantes pueden enviar su propuesta, rellenando el siguiente formulario https://goo.gl/forms/cL7qKeL5p244BXBG2Este enlace se abrirá en una ventana nueva

  1. Establecimiento de puntos y espacios dentro del parque referido, para que los artistas puedan presentar los domingos, en horario de mañana (de 11 a 14,30 horas), dichas propuestas.

  1. Coordinar desde la Concejalía de Cultura los días y horarios en los que los artistas vayan a realizar su función. Para ello, se establecerá un cuadrante de participación y se le comunicará al artista, compañía o grupo el día y espacio que se le ha asignado. El contenido de los espectáculos y actividades a realizar serán gestionados y supervisados por la Concejalía de Cultura. Dichos artistas se responsabilizarán de dejar, una vez finalizada la actuación, en buen estado el espacio que le ha sido asignado.

Niveles de ruido


En lo que se refiere al nivel de ruido permitido, las actividades no podrán exceder los niveles determinados por la MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA GENERAL PARA LA PREVENCIÓN DE LA CONTAMINACIÓN ACÚSTICA publicada el LUNES 7 DE ENERO DE 2013 y aprobado por la Corporación Pleno del Ayuntamiento de Móstoles, en sesión celebrada el día 22 de noviembre de 2012, en la que se adoptó el acuerdo en relación a la modificación de la ordenanza general de prevención de la contaminación acústica.


Dicha ordenanza establece, en el Titulo II, art.8, punto 2 el área solicitada en el presente escrito como "Tipo II (a): área levemente ruidosa.


Sectores del territorio con predominio de suelo de uso residencial. En ella se incluyen las zonas con predominio de los siguientes usos del suelo:


• Uso residencial.

• Zona verde, excepto en casos en que constituyen zonas de transición.

• Uso religioso."


Es por tanto que ningún emisor acústico podrá producir ruidos que hagan que el nivel de emisión al ambiente exterior sobrepase los índices en la presente ordenanza (realizándose las actividades en día festivo, en horario diurno, los niveles de ruido no podrán superar 65 Ld).


Además, dicha ordenanza, en el Título II, art.14, punto 3 indica que: "Por razones de la organización de actos con especial proyección oficial, cultural, religiosa o de naturaleza análoga, el Ayuntamiento podrá adoptar, a petición de los promotores y previa valoración de la incidencia acústica, las medidas necesarias para modificar o suspender con carácter temporal, en las vías o sectores afectados, los niveles señalados en el párrafo primero del presente artículo."


Es por ello que, cualquier actividad a desarrollar a través del programa PASEO DEL ARTE que implique la superación de los niveles de emisión permitidos mediante la normativa, deben ser previamente autorizados por la Concejalía de Cultura, Bienestar Social y Vivienda, con el informe positivo de las concejalías afectadas.


Más información en:


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