Corresponde al Consejo Social de la Ciudad, además de las funciones que determine el Pleno mediante normas orgánicas, la emisión de informes, estudios y propuestas en materia de desarrollo económico local, planificación estratégica de la ciudad y grandes proyectos urbanos.


Y particularmente, entre otras, las siguientes:

  1. Emitir informe, no vinculante, sobre los criterios y líneas generales del anteproyecto de Presupuestos del Ayuntamiento de Móstoles, que le será remitido por la Junta de Gobierno Local.
  2. Emitir informe, no vinculante, con carácter previo a la aprobación de las ordenanzas, que afecten a la política económica y social del Municipio de Móstoles.
  3. Emitir informe sobre cualquier cuestión relacionada con la política económica y social que le someta el Pleno del Ayuntamiento, la Junta de Gobierno Local o cualquier organismo dependiente.
  4. Emitir informes, dictámenes o estudios solicitados por organizaciones sociales, económicas o profesionales respectivamente en materia de su competencia y con trascendencia para el municipio.
  5. Elaborar informes, dictámenes o estudios por propia iniciativa sobre cuestiones de su interés que afecten al desarrollo económico y social en el ámbito municipal.
  6. Elaborar recomendaciones para la aplicación de las disposiciones generales de carácter socioeconómico.
  7. Emitir un informe público anual sobre las actividades del Consejo Social, así como la situación socioeconómica del municipio.
  8. Servir de cauce de participación y diálogo de todos los interlocutores sociales y económicos.
  9. Facilitar y promover la mediación y arbitraje en los conflictos en los que las partes implicadas voluntariamente lo soliciten.
  10. Emitir informes sobre los estudios y trabajos realizados para la elaboración del plan estratégico de la ciudad al objeto de emitir las recomendaciones pertinentes.
  11. Emitir informe sobre el programa de actuación anual y el análisis de seguimiento de políticas públicas que afecten a la ciudad.
  12. Emitir informe sobre los temas de interés general que planteen los Consejos Territoriales y Sectoriales.
  13. Emitir informe sobre los grandes proyectos de la ciudad.
  14. Todas aquellas funciones que en el futuro le puedan ser asignadas.