Son días inhábiles, a efectos del cómputo de plazos en el Registro Electrónico, los sábados, los domingos y los establecidos como días festivos en el calendario laboral oficial de la Comunidad Autónoma de Madrid que comprende las fiestas locales de este municipio. Este calendario está publicado en la Sede electrónica.

A efectos del cómputo de plazos, salvo lo regulado en procedimientos especiales, la presentación en un día inhábil se entenderá realizada a las cero horas y un segundo del primer día hábil siguiente. En ningún caso la presentación electrónica de documentos implicará la modificación de los plazos establecidos legalmente.