El Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA).

Se aplica sobre el precio total de la vivienda y el tipo es el 7%. Debe abonarlo el comprador y el vendedor declararlo e ingresarlo en Hacienda.

El Impuesto sobre Incremento de Valor de los Terrenos.

Este impuesto grava la ganancia obtenida con la venta por lo que por naturaleza corresponde pagarlo a quien ha obtenido dicha ganancia que es el vendedor. Por ello, si se incluye una cláusula en un contrato de adhesión, que como hemos visto es habitual para este tipo de viviendas, en la que se impone al comprador la obligación del pago de dicho impuesto, estaremos ante una cláusula abusiva y por lo tanto nula.

Normativa aplicable

  • Ley del IVA
  • Ley de Condiciones Generales de Contratación