Ordenanza de Tráfico y Circulación para la Ciudad de Móstoles

Fecha de Publicación: 02 de Enero del 2023

MODIFICACIÓN ORDENANZA DE TRÁFICO PARA LA CIUDAD DE MÓSTOLES

La Ley 7/2021 de 20 de mayo, de Cambio Climático y Transición Ecológica (BOE num. 121 de 21 de mayo de 2021), establece en su Título IV art 14 y ss la promoción de movilidad sin emisiones. Con el mismo objetivo se ha publicado la Estrategia de Movilidad 2030 de diciembre de 2021 del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.

En el apartado 3 de dicho precepto se establece la obligación para municipios de más de 50.000 habitantes que para antes de 2023 los planes de movilidad urbana sostenible introduzcan medidas de mitigación que permitan reducir las emisiones derivadas de la movilidad incluyendo, al menos zonas de bajas emisiones (en adelante ZBE); medidas para facilitar los desplazamientos a pie o en bicicleta; mejora en la red de transportes públicos, medidas de electrificación de la red de transporte público incluyendo zonas de recarga; movilidad eléctrica compartida, mejora de la calidad del aire en los entornos escolares, sanitarios y otros, etc.

En este sentido, se hace necesaria la modificación o ampliación de la vigente Ordenanza de Tráfico para la Ciudad de Móstoles, de manera que se contemplen en la misma aquellas cuestiones que la Ley promueve, y pueda acometerse su regulación concreta por esta Administración, cumpliendo con los requisitos que en la misma se propugnan.

El Protocolo sobre medidas a adoptar durante episodios de alta contaminación atmosférica por dióxido de nitrógeno en Móstoles, aprobado por la Junta de Gobierno Local de 14 de mayo de 2019 y publicado en el BOCM nº 274 de 18 de noviembre de 2019, prevé la creación de un área central en la ciudad en la que se adopten progresivamente incentivos y restricciones que promuevan la transformación de la misma en una zona de menores emisiones contaminantes, para lograr un efecto catalizador positivo sobre la evolución del parque circulante en el municipio y en la calidad del aire de toda la ciudad.

Por otro lado, dada la proliferación de nuevas modalidades de circulación, se hace necesario actualizar la circulación de los denominados vehículos de movilidad personal (VMP), adaptándola a su denominación técnica de acuerdo con El Real Decreto 970/2020 de 10 de noviembre por el que se modifican el Reglamento General de Circulación, aprobado por Decreto 1428/2003 de 21 de noviembre y el Reglamento General de Vehículos, aprobado por Decreto 2822/1998 de 23 de diciembre, en materia de medidas urbanas de tráfico.

A la vista de lo anteriormente expuesto, se propone la tramitación reglamentaria oportuna para que se incluyan los nuevos preceptos en la OT de Móstoles, hasta que se finalice la redacción de una nueva ordenanza municipal que contemple de manera más precisa los nuevos preceptos de la Ley 7/2021 y su adecuación a las modificaciones que en materia de tráfico contempladas en la Ley 6/2015 y 18/2021 de 20 de diciembre por el que se modifica el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobado por el Real Decreto Legislativo 6/2015 de 30 de octubre.


MODIFICACIÓN ORDENANZA DE TRÁFICO PARA LA CIUDAD DE MÓSTOLES - 25 DE ENERO DE 2024


"La Ley 7/2021 de 20 de mayo, de Cambio Climático y Transición Ecológica (BOE num. 121 de 21 de mayo de 2021), establece en su Título IV art 14 y ss la promoción de movilidad sin emisiones. Con el mismo objetivo se ha publicado la Estrategia de Movilidad 2030 de diciembre de 2021 del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.

En el apartado 3 de dicho precepto se establece la obligación para municipios de más de 50.000 habitantes que para antes de 2023 los planes de movilidad urbana sostenible introduzcan medidas de mitigación que permitan reducir las emisiones derivadas de la movilidad incluyendo, al menos zonas de bajas emisiones (en adelante ZBE); medidas para facilitar los desplazamientos a pie o en bicicleta; mejora en la red de transportes públicos, medidas de electrificación de la red de transporte público incluyendo zonas de recarga; movilidad eléctrica compartida, mejora de la calidad del aire en los entornos escolares, sanitarios y otros, etc.

En este sentido, se hace necesaria la modificación o ampliación de la vigente Ordenanza de Tráfico para la Ciudad de Móstoles, de manera que se contemplen en la misma aquellas cuestiones que la Ley promueve, y pueda acometerse su regulación concreta por esta Administración, cumpliendo con los requisitos que en la misma se propugnan.

El Protocolo sobre medidas a adoptar durante episodios de alta contaminación atmosférica por dióxido de nitrógeno en Móstoles, aprobado por la Junta de Gobierno Local de 14 de mayo de 2019 y publicado en el BOCM nº 274 de 18 de noviembre de 2019, prevé la creación de un área central en la ciudad en la que se adopten progresivamente incentivos y restricciones que promuevan la transformación de la misma en una zona de menores emisiones contaminantes, para lograr un efecto catalizador positivo sobre la evolución del parque circulante en el municipio y en la calidad del aire de toda la ciudad.

Por otro lado, dada la proliferación de nuevas modalidades de circulación, se hace necesario actualizar la circulación de los denominados vehículos de movilidad personal (VMP), adaptándola a su denominación técnica de acuerdo con El Real Decreto 970/2020 de 10 de noviembre por el que se modifican el Reglamento General de Circulación, aprobado por Decreto 1428/2003 de 21 de noviembre y el Reglamento General de Vehículos, aprobado por Decreto 2822/1998 de 23 de diciembre, en materia de medidas urbanas de tráfico.

A la vista de lo anteriormente expuesto, se propone la tramitación reglamentaria oportuna para que se incluyan los nuevos preceptos en la OT de Móstoles, hasta que se finalice la redacción de una nueva ordenanza municipal que contemple de manera más precisa los nuevos preceptos de la Ley 7/2021 y su adecuación a las modificaciones que en materia de tráfico contempladas en la Ley 6/2015 y 18/2021 de 20 de diciembre por el que se modifica el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobado por el Real Decreto Legislativo 6/2015 de 30 de octubre."