Esta norma se aplica a todas las personas físicas o jurídicas que se dediquen a la prestación de servicios a domicilio a los consumidores y usuarios quedando excluidos los servicios de entrega de bienes a domicilio y aquellos que tengan carácter subsidiario respecto de la actividad de venta de los mismos.

Tampoco se aplicará a aquéllas prestaciones de servicio a domicilio en las cuales la protección de los intereses del consumidor sean objeto de regulación específica.

Las principales actividades a las que se aplique esta norma son: albañilería, ebanistería, carpintería cristalería, electricistas, escayolistas, fontanería y calefacción, limpiezas, parquets y suelos. Pintores y empapeladores, tapiceros, decoradores, antenistas, persianistas, ascensoristas, jardineros, empresas de mantenimientos, revisión y mejora de las viviendas y sus instalaciones.

Obligación de información sobre los precios

El personal que realice la prestación del servicio deberá disponer, para su entrega al consumidor o usuario, si éste lo requiere, de una hoja informativa donde se especifiquen los precios aplicables por el tiempo de trabajo o los gastos de desplazamiento en su caso. Incluirá, además, los precios de otros servicios ofertados, así como los recargos aplicar por trabajos efectuados con carácter de urgencia o fuera de la jornada usual a petición del usuario.

Los precios deberán incluir todo tipo de impuestos haciendo referencia a esta inclusión. De no ser así se hará mención de la repercusión con indicación del concepto y del tipo a aplicar.

El presupuesto

El prestador, antes de la realización del servicio, deberá presentar a la forma del cliente un presupuesto, salvo renuncia del cliente, en cuyo caso deberá constar tal renuncia expresamente y el cliente firmará una orden de trabajo en la que, al menos, consten los siguientes datos:

  1. Nombre y apellidos , denominación social, nº de identificación fiscal del prestador y datos personales del usuario, descripción del servicio y dirección del lugar donde debe prestarse.

  2. Cantidad, calidad y precio de los materiales a emplear.

  3. Precio de los materiales a utilizar, desglosando el precio por unidad, cantidad y las calidades con expresión de marcas y modelos.

  4. El precio de la mano de obra por hora, día, metros, superficies, volumen u otros.

  5. Fecha aproximada de inicio y finalización del servicio.

  6. Precio total del servicio, impuestos incluidos

  7. Periodo de garantía del servicio

  8. Periodo de validez de la oferta

  9. Cualquier otra mención que se estima conveniente.

  10. Fecha y firma o sello del prestador del servicio y en un lugar situado junto a estos un espacio recuadrado reservado para la firma del cliente donde se debe hacer constar si se ha entregado presupuesto o si el cliente renuncia al mismo de puño y letra del mismo.

En los casos en que exista presupuesto debidamente firmado por el cliente éste hará las veces de orden de trabajo.

El presupuesto constará de dos ejemplares que deberán ser firmados por el cliente. Uno de ellos se entregará al mismo y el otro deber ser conservado por la empresa si ha sido aceptado durante el plazo mínimo de un año. Desde el vencimiento de la garantía las averías o defectos ocultos que aparezcan con posterioridad a la realización del presupuesto deberán ser puestas en conocimiento del cliente por escrito a la mayor brevedad posible indicando el incremento del importe del servicio y debiendo hacerlo constar en un documento que se firmará por el prestador, por el consumidor, y también la renuncia de éste en su caso.

Al facturarse la elaboración del presupuesto sólo procederá el cobro de gastos de desplazamiento para la elaboración del presupuesto por una sola vez aunque su confección requiera mas de uno.

La orden de trabajo

Además de la renuncia al presupuesto la orden de trabajo incluirá los siguiente datos:

  1. Nombre y apellidos o denominación social, domicilio e identificación fiscal y numero de teléfono del prestador del servicio, número de registro empresarial, si es preceptivo identificación del cliente y dirección donde debe realizarse el trabajo.
  2. Descripción del trabajo.
  3. Fecha aproximada de inicio y finalización del servicio.
  4. Periodo de garantía del servicio.

La orden de trabajo incluirá la siguiente leyenda en letras mayúsculas correspondientes en tamaño a las empleadas en el resto del documento: LA RENUNCIA AL PRESUPUESTO SE EFECTUA CONOCIENDO EL DERECHO A SOLICITAR PRESUPUESTO PREVIO Y CONOCIENDO LAS POSIBLES CONSECUENCIAS JURÍDICAS Y ECONOMICAS DE LA RENUNCIA.

La factura

Finalizado el servicio el prestador deberá entregar al cliente una factura que deberá contener además de los datos que figuran en el presupuesto:

  1. Número de factura o justificante de pago.
  2. Nombre, domicilio, número o código de identificación fiscal y teléfono. del prestador del servicio.
  3. Número de registro de empresas, si es obligatorio.
  4. Nombre y domicilio del cliente.
  5. Descripción del servicio realizado.
  6. Precio total con desglose de materiales, mano de obra e impuestos con las indicaciones correspondientes respecto al IVA.
  7. Periodo de duración de la garantía.
  8. Fecha y firma del prestador del servicio y del cliente.
  9. Trascripción literal del contenido de las normas reguladoras de las garantías vigentes en cada momento.

En el dorso del documento figurarán las siguientes leyendas con el fin de asegurar la debida información al consumidor:

  • "Los precios presupuestados para los materiales deberán corresponderse , como máximo, con los precios de venta al público de los mismos".
  • "La cuantía de la factura deberá corresponderse con la cuantía presupuestada, incluyéndose cualquier modificación realizada al presupuesto inicial".

En el supuesto de que se pacten pagos parciales durante la prestación del servicio, se deberá expedir u entregar documento acreditativo o factura de los mismos, haciendo indicación expresa de esta circunstancia en el correspondiente documento o factura.

En el caso de que se proceda al cobro de un presupuesto no aceptado, se expedirá, tras su entrega, la correspondiente factura.

El prestador del servicio a domicilio tendrá a disposición del consumidor o usuario justificación documental que acredite el origen, naturaleza y precio de los materiales utilizados en la prestación del servicio.

Normativa aplicable

  • DECRETO 35/1995, de 20 de abril de la comunidad de Madrid.


RECUERDE
: Si contrata a personas que no estén dadas de alta, no podrá reclamar ante un trabajo incompleto o mal realizado.