Gerente Municipal de Urbanismo de Móstoles
En virtud de lo establecido en el artículo 16.10 de los Estatutos de la Gerencia, aprobados por el Pleno del Excmo. e Ilmo. Ayuntamiento de Móstoles en su sesión de 14 de febrero de 2008, cuando la cuantía del contrato no supera el 2 por 100 de los recursos ordinarios del presupuesto de este Organismo incluidos los de carácter plurianual cuando su duración no se superior a cuatro años, siempre que el importe acumulado de todas sus anualidades no supere ni el porcentaje indicado, referido a todos los recursos ordinarios del presupuesto del primer ejercicio, ni la cuantía señalada.

Comité Ejecutivo
En virtud de lo establecido en el artículo 14.3 i) de los Estatutos de la Gerencia, aprobados por el Pleno del Excmo. e Ilmo. Ayuntamiento de Móstoles en su sesión de 14 de febrero de 2008, cuando la cuantía del contrato supera el 2 por 100 de los recursos ordinarios del presupuesto de este Organismo y no excede de 6.000.000 de euros, incluidos los de carácter plurianual cuando su duración no se superior a cuatro años, siempre que el importe acumulado de todas sus anualidades no supere ni el porcentaje indicado, referido a todos los recursos ordinarios del presupuesto del primer ejercicio, ni la cuantía señalada.

Junta de Gobierno Local Ayuntamiento de Móstoles
En virtud de lo establecido en el artículo 5.2 d) de los Estatutos de la Gerencia, aprobados por el Pleno del Excmo. e Ilmo. Ayuntamiento de Móstoles en su sesión de 14 de febrero de 2008, cuando la cuantía del contrato supera excede de 6.000.000 de euros, y los de carácter plurianual cuando su duración no sea superior a cuatro años, si el importe acumulado de todas sus anualidades supera el 2 por ciento del Presupuesto de la Gerencia, referido a todos los recursos ordinarios del presupuesto del primer ejercicio, ni la cuantía señalada.