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  • Por primera vez las ayudas se amplían al alumnado de Formación Profesional Básica.

  • El total de estas ayudas, junto a las destinadas a las Escuelas Infantiles, se triplicaron en el pasado curso escolar.

  • El plazo de presentación de solicitudes será entre el 9 y 23 de septiembre, ambos inclusive.


Ayudas libros de textoImagen en alta resolución. Este enlace se abrirá mediante lightbox, puede haber un cambio de contextoAyudas libros de textoEl Ayuntamiento de Móstoles ha aprobado la convocatoria de 425.000 euros en concepto de ayudas a las familias para libros de texto y material escolar, para el curso 2016/2017. Este año, por primera vez, las becas se amplían al alumnado de Formación Profesional Básica.


El importe máximo de la ayuda será de 80 € para las familias cuyos hijos sean alumnos de 2º Ciclo de Educación Infantil, 100 € para los alumnos de Educación Primaria y 120 € para los alumnos de Educación Secundaria Obligatoria y Formación Profesional Básica. El plazo de presentación de solicitudes será entre el 9 y 23 de septiembre (inclusive), en las Juntas Municipales de Distrito y en la Oficina de Atención al Ciudadano del PAU 4, en horario de 9:00 a 20:00 horas.


El alcalde de Móstoles, David Lucas, ha recordado que estas ayudas ya se triplicaron en el anterior ejercicio presupuestario, "cuando pasaron de 180 mil a 425 mil euros por decisión de este Gobierno Municipal, con el objetivo de llevar a cabo la educación de los más necesitados". El pasado curso escolar se dedicó un total de 721.530 euros en materia de ayuda; 300.000 de los cuales estuvieron dirigidos a la escolarización de niños y niñas de 0 a 3 años en las escuelas infantiles y, el resto, a material escolar y libros de texto para educación obligatoria.



David Lucas, además, ha explicado que con estas becas se busca "el establecer los mecanismos necesarios en la administración para que los ciudadanos tengan igualdad de oportunidades, en cuanto acceso a la educación se refiere".


Por su parte, la concejala de Educación y Juventud, Aránzazu Fernández, ha señalado que el objetivo de este programa municipal "es ayudar a las familias con menor poder adquisitivo, a compensar el gasto que supone la compra de los libros de texto y material didáctico al comienzo de un nuevo curso".


Asimismo, la edil ha indicado que la solicitud "se podrá descargar directamente desde la página web municipal www.mostoles.es o recoger en las Juntas Municipales de Distrito, en la Oficina de Atención al Ciudadano PAU 4 y en el Área de Educación, a partir del 1 de septiembre".



Destinatarios


Los destinatarios de las ayudas serán las familias de los alumnos matriculados en centros docentes de Móstoles durante el curso 2016/2017 en segundo Ciclo de Educación Infantil, de 1º a 6 º de Educación Primaria y de 1º a 4º de Educación Secundaria Obligatoria y Formación Profesional Básica.


Al finalizar el curso escolar, los alumnos beneficiarios de la ayuda municipal han de depositar los libros de texto adquiridos con dicha ayuda en un "Banco de libros", que servirá de base de préstamo para otros alumnos que los necesiten en cursos posteriores.


Documentación necesaria


Aquellas personas que solicitaron la misma ayuda que en el año 2015, solo tienen que adjuntar a la solicitud la factura original de la compra de libros de texto y material didáctico.


Los nuevos solicitantes deberán aportar la siguiente documentación: fotocopia del Libro de Familia; factura original de la adquisición de los libros. Además, si procede, certificado de minusvalía igual o superior al 33% de algún miembro de la unidad familiar (solicitante, padres o hermanos) y título de familia numerosa.


En el momento de presentar la solicitud se exhibirán los documentos originales correspondientes a las fotocopias presentadas. Dichos originales se devolverán a los interesados.


Requisitos


a) Estar empadronados en Móstoles: el alumno y la madre y/o el padre, o en su caso el tutor o persona encargada de la protección del menor.

b) Estar matriculado durante el curso 2016/2017 en centro docente de Móstoles, cursando segundo Ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria o Formación Profesional Básica. No podrán solicitar estas ayudas el alumnado de Educación Permanente de Adultos.


c) No haber superado durante el año 2015 el umbral de 26.092 € de renta de la unidad familiar (3,5 veces el IPREM).


d) No repetir curso, salvo que haya un cambio de libros por Ley.


e) Haber entregado los libros en el centro donde estuvo matriculado, si fue beneficiario de la ayuda para el curso 2015/2016, desde 3º de Educación Primaria hasta 4º E.S.O., con el fin de ampliar el "Banco de libros" que servirá de base de préstamo para otros alumnos que los necesiten en cursos posteriores.


f) Haber presentado la solicitud y documentación requerida en los plazos establecidos en este Convocatoria.


g) No estar incurso en alguna de las prohibiciones establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.


h) Los solicitantes de la ayuda, dada la naturaleza de la subvención, quedarán exonerados de los requisitos establecidos en el artículo 13. 2. e) de la Ley de General de Subvenciones: "no hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes". La aplicación de este apartado, queda condicionada a la entrada en vigor de la Ordenanza Municipal Reguladora del Reconocimiento del Derecho y Concesión de Prestaciones Sociales Individuales de Carácter Económico y Material.