Noticia

  • Dirigidas a asociaciones, federaciones y confederaciones de comerciantes para el desarrollo de actividades de promoción comercial.

  • El Departamento de Dinamización Comercial del Área de Empresas y Emprendimiento de Móstoles Desarrollo ofrece información a los interesados, en C/ Pintor Velázquez 68 de Móstoles.

BOCMImagen en alta resolución. Este enlace se abrirá mediante lightbox, puede haber un cambio de contextoBOCMEl Ayuntamiento de Móstoles, a través del Departamento de Dinamización Comercial del Área de Empresas y Emprendimiento de `Móstoles Desarrollo´, ofrece información y asesoramiento sobre las ayudas que pueden solicitar las asociaciones, federaciones y confederaciones de comerciantes para el desarrollo de actividades de promoción comercial en el municipio.


Estas ayudas, promovidas por la Consejería de Economía, Empleo y Hacienda tienen por objetivo promover acciones que contribuyan a la promoción del Comercio y así reactivar la demanda, la dinamización del consumo, y las ventas en el sector. Para acceder a las mismas, las Asociaciones, Federaciones y Confederaciones de Comerciantes tienen de plazo hasta el 2 de marzo para solicitar la ayuda para los gastos derivados de actividades de promoción comercial llevadas a cabo entre el 1 de enero y el 15 de octubre de 2018.


Las Bases reguladoras de la convocatoria estipulan los siguientes aspectos:

(https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2018/01/30/BOCM-20180130-22.PDF)Este enlace se abrirá en una ventana nueva


REQUISITOS


a) Empresarios cuya actividad se encuadre dentro de las agrupaciones 64 (comercio al por menor de productos alimenticios, bebidas, tabacos, realizado en establecimientos permanentes); 65 (comercio al por menor de productos industriales no alimenticios realizado en establecimiento permanente); 66 (comercio mixto integrado al por menor fuera del establecimiento comercial permanente) del Impuesto de Actividades Económicas.

b) Desarrollar actuaciones de promoción comercial con la finalidad de promover la apertura y revitalización de los establecimientos comerciales, de aprovechar las sinergias entre el comercio y el turismo así como otras actuaciones similares con los diversos sectores de actividad.

c. El número de establecimientos comerciales participantes sea como mínimo de veinte, siendo requisito imprescindible que todos y cada uno de ellos tenga el domicilio de su actividad en la Comunidad de Madrid.


GASTOS SUBVENCIONABLES


a) La organización y/o participación en ferias y eventos.


b) Acciones promocionales tales como campañas, street marketing, premios y concursos, acciones de destocaje, exposiciones, promociones en puntos de venta, degustaciones, demostraciones, jornadas técnicas, talleres, congresos y seminarios profesionales, incluidos los elementos promocionales de las mismas así como los basados en las TIC (microsite, APP, web…).


c) Diseño y ejecución de estrategias de difusión, comunicación y promoción.


d) Servicios prestados por profesionales externos para el diseño, implantación y puesta en marcha de los sistemas. También los gastos derivados de la contratación del personal específico para el desarrollo de la actuación promocional (azafatas, traductores, limpieza, mantenimiento, seguridad).


e) Acciones necesarias para el diseño, ejecución y evaluación de las acciones desarrolladas: alquiler de espacios y locales, equipos, material y documentación, impartición y publicidad y otros soportes informativos, montaje y desmontaje, elementos de seguridad, decoración.


f) Puesta en marcha de sistemas de evaluación de las acciones desarrolladas.


CUANTÍA


El 50 por 100 del presupuesto aprobado y aceptado por la Dirección General de Comercio y Consumo, excluido todo tipo de impuestos y con un límite de ayuda máxima por beneficiario de 10.000,00 euros.


INVERSIÓN


La inversión mínima de los gastos subvencionables excluido todo tipo de impuestos

- Acciones promocionales de ámbito local (barrio, distrito, municipio): 7.000 € euros.

- Acciones promocionales de ámbito regional (supramunicipal): 12.000 €


PERIODO SUBVENCIONABLE


Serán elegibles aquellos gastos que, proviniendo de alguna de las acciones enumeradas en el apartado anterior, se refieran a eventos que se hayan realizado entre el 1 de enero y el 15 de octubre del año 2018, así como que hayan sido pagados y justificados con anterioridad a la finalización del plazo de justificación. No obstante lo anterior, se admitirán facturas y justificantes de pagos correspondientes a gastos realizados, como máximo en los dos meses anteriores al inicio del período subvencionable, desde el 1 de Noviembre de 2017, siempre que procedan de actuaciones preparatorias que necesariamente se hayan de llevar a cabo con carácter previo al evento principal que se ha de realizar, siempre, en período subvencionable.


CRITERIOS DE VALORACIÓN

a) Número de empresas integradas en el proyecto (hasta un máximo de 25 puntos):

— De 20 a 40 empresas: 15 puntos.

— De 41 a 100 empresas: 20 puntos.

— Más de 100 empresas: 25 puntos.

b) Plan de Medios: (hasta un máximo de 25 puntos):

— Utilización mixta de medios "on line" y "off line": 25 puntos.

— Utilización únicamente de medios "on line": 15 puntos.

— Utilización únicamente de medios "off line": 15 puntos.

c) Incidencia territorial de la acción (hasta 20 puntos).

— Ámbito local: 10 puntos.

— Ámbito regional: 20 puntos.

d) Temporalidad y durabilidad de las actividades programadas (hasta un máximo de 15 puntos):

— Un día de duración: 2 puntos.

— De dos a siete días de duración: 5 puntos.

— De ocho a treinta días de duración: 10 puntos.

— Más de treinta días de duración: 15 puntos.

e) Originalidad, creatividad y diseño de la acción promocional del mensaje (hasta un máximo de 15 puntos). Se tendrán en cuenta aspectos tales como la utilización de elementos novedosos en la acción promocional, así como su adaptación a las tendencias actuales, todo ello conjugado con la adecuación de los mismos al público al que va dirigida la campaña.



MÁS INFORMACIÓN


Las Asociaciones y Federaciones de Comerciantes que quieran obtener más información sobre esta ayuda pueden contactar con el Departamento de Dinamización Comercial del Área de Empresas y Emprendimiento de Móstoles Desarrollo en el teléfono 91.685.30.90 o en las oficinas de Móstoles Desarrollo, Centro de empleo y promoción económica Tierno Galván en C/ Pintor Velázquez 68 de Móstoles.