Eres una mujer maltratada...016 - Violencia de Género016 - Violencia de Género

Si tu novio, marido o compañero:

  • Te golpea, te insulta, te amenaza.
  • Te impide ver a tu familia, amigos o vecinos.
  • No te deja trabajar o estudiar.
  • Te controla el dinero.
  • Te manipula y te acosa.
  • Te descalifica.
  • Te infravalora en presencia de tus hijos.

¿ERES TESTIGO O CONOCES A ALGUIEN QUE LO ESTÁ SUFRIENDO?

Las mujeres que están sufriendo esta situación en muchas ocasiones les puede resultar difícil denunciar a su agresor. Es importante que se sientan apoyadas en todo momento por las personas más cercanas y por la sociedad en general.
Entre todos podemos y debemos ayudarla en esta situación tan dolorosa, para ello es importante que:

  • No la juzgues, ella está convencida de que está haciendo lo mejor para ella y su familia, aunque esté equivocada.
  • Apóyala y demuéstrale que lo haces, tanto con palabras como con tus acciones.
  • Anímala a denunciar y a no tolerar que se siga produciendo esta situación.
  • Hazle saber que si "aguanta" por sus hijos, ésta es una mala decisión.
  • Nadie es dueño de nuestra persona, sólo nosotros mismos, ni de nuestra vida, ni de nuestra conducta.

¿Qué hacer ante una situación de malos tratos?

Llama:

Policía Municipal de Móstoles (BESCAM):
C/ La Fragua, 13. Polígono Industrial Los Rosales. Móstoles
Teléfonos: 092 / 91 664 58 04

Comisaría de Policía Nacional:
C/ Granada nº 9. Móstoles
Teléfonos: 091 / 91 648 00 00

016: Información y asesoramiento jurídico en materia de violencia de género.
NO DEJA HUELLA EN LA FACTURA.

Punto Municipal del Observatorio Regional de Violencia de Género:
C/Ricardo Medem nº 27 - Móstoles
Teléfonos: 91 664 76 10 / 91 664 76 26

T.A.S.E. (Teléfono de Asistencia ante Situaciones de Emergencia): 900 77 00 88


Consejos

En cualquiera de los sitios anteriormente indicados, recibirá ayuda, le pondrán en contacto con personal especializado y podrá solicitar la "Orden de Protección" del Juzgado.

La Orden de Protección de las víctimas de violencia doméstica (Ley 27/2003 de 31 de Julio), es una de las novedades que se han implantado para combatir ésta lacra. Pretende que a través de un rápido y sencillo procedimiento judicial, sustanciado ante el Juzgado de Instrucción, la víctima pueda obtener una misma resolución judicial que incorpore conjuntamente tanto medidas restrictivas de la libertad de movimientos del agresor, para impedir una nueva aproximación, como las orientadas a proporcionar seguridad, estabilidad y protección jurídica a la persona agredida y a su familia, sin necesidad de esperar a la formalización del correspondiente proceso matrimonial civil.

1. Conserve la calma. Piense que la Policía Municipal y los Servicios Municipales están muy cerca de usted para ayudar y proteger. No aguante en silencio ni sea tolerante con su agresor. Denuncie los hechos inmediatamente. Su denuncia afianza su seguridad y previene futuras agresiones a usted y a otras personas.

2. Avise a la Policía Municipal , Guardia Civil o Policía Nacional, acuda a sus dependencias . En su declaración será atendida con total privacidad.

3. No modifique su aspecto. No se lave ni lave su ropa. No altere el lugar de la agresión; son pruebas. Aporte la identidad o la descripción de su agresor, testigos si los hubiere y cuantos datos considere de interés para la investigación.

4. Se le reconocerá por personal médico que atenderá y curará sus heridas, certificará sus dolencias, incluso las que a simple vista no sean apreciables.

5. Formalizada su denuncia, solicite justificante de la misma o copia de su declaración. Le informarán sobre los derechos que le asisten como víctima y de las asociaciones y servicios sociales de su zona, para acceder a posibles ayudas pensadas para usted.

6. El personal encargado de la investigación policial que siga su caso, le informará de la evolución del mismo sobre cualquier suceso de importancia, siempre que no interfiera con las investigaciones.

7. Si tiene problemas, si le amenazan o se siente insegura, avise inmediatamente. La Ley y los Cuerpos Policiales garantizan su seguridad y su protección.

8. Denuncie cada situación del maltrato o agresión sexual de la que sea víctima en cuanto se produzca. Si ha denunciado este tipo de hechos en otras ocasiones, comuníquelo.

9. Manténgase en contacto con la Policía y colabore con ella. No tema testificar y reconocer a su agresor.


Unidad CONTRA LA VIOLENCIA DE GÉNERO Y Protección Social

La tarea fundamental de la Unidad contra la Violencia de Género y Protección Social se centra en la prevención, detección y seguimiento de problemáticas que tienen su origen y desarrollo en el ámbito familiar tanto en las relaciones de pareja como en su descendencia, familia extensa y en el entorno social en que se desarrolla el marco de convivencia que conforma el tejido social. La problemática de violencia de género, hasta hace poco tiempo era un problema privado circunscrito al ámbito familiar por razones culturales, sociales y religiosas que influían en la ocultación de los mismos. La modificación paulatina de estas circunstancias unida a las disposiciones legales establecidas al efecto exige de los funcionarios policiales un nivel óptimo de protección así como una coordinación efectiva con el resto de recursos institucionales.

En consonancia con lo anteriormente expuesto, estos principios son extensibles a la atención de problemáticas relacionadas con menores y adolescentes tanto en su entorno familiar, escolar y entorno urbano, así como a ciudadanos/as que demandan intervención de la Policía Municipal de Móstoles a la hora de abordar problemáticas de carácter social y asistencial.

En el marco de este contexto, el funcionamiento de la unidad se centra en la atención especializada a las mujeres y a los menores víctimas de determinados tipo de delitos y conductas así como la prevención de los mismos, siendo el eje operativo diario la protección de la víctima y la comprobación del correcto cumplimiento de las ordenes de alejamiento impuestas por la autoridad judicial, deteniendo y poniendo al agresor a disposición judicial en el caso del incumplimiento de las mismas.