Juntas de Distrito
Impulso y desarrollo de la participación ciudadana en la gestión de los asuntos municipales.
¿Qué es? |
Exención en el Impuesto de vehículos de tracción mecánica para personas que tengan una minusvalía igual o superior al 33%.
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¿Qué se necesita? |
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Original y fotocopia del certificado emitido por el órgano competente que acredite que el titular del vehículo es minusválido en grado igual o superior al 33 %.
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Fotocopia del permiso de circulación.
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Fotocopia del la Ficha técnica del Vehículo.
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Declaración jurada con expresión de que el vehículo se destina a uso personal del titular o para su transporte y que no goza de la misma exención por otros vehículos de su propiedad.
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¿Dónde realizarlo? |
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Atención presencial (de Lunes a viernes de 9'00 a 20'00 horas) Oficina de Atención al Contribuyente C/ Rejilla, 11.
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Por correo ordinario dirigido a la Oficina de Atención al Contribuyente: C/ Rejilla, 11 - 28934 Móstoles (Madrid).
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