Servicio de Ayuda a Domicilio (SAD)
OBJETIVO Y DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO:
Es una prestación social básica del sistema público de Servicios Sociales que ofrece un conjunto integrado, organizado y coordinado de acciones (asistenciales, sociales y preventivas) y servicios que son realizados principalmente en el domicilio de la persona usuaria y cuyo objetivo es atender necesidades básicas de la vida diaria y/o prevenir situaciones de crisis personal y familiar, incluyendo una serie de atenciones en el hogar o en el entorno comunitario. de carácter doméstico, personal, social y rehabilitador.
Se podrá conceder la prestación tanto en la modalidad de atención personal, como de atención doméstica o mixta según la situación sociofamiliar y económica del beneficiario, siendo siempre prioritaria la cobertura de la atención personal.
Además, tiene una función rehabilitadora que puede incluir cualquier contenido propio del servicio que permita recuperar y/o adquirir las competencias suficientes para poder realizar de forma independiente la tarea entrenada.
TIPO DE ATENCIÓN:
El Servicio de Ayuda a Domicilio municipal es de carácter temporal, el servicio de ayuda a domicilio se mantendrá mientras persista la situación que origino dicho reconocimiento, susceptible de revisión técnica y presta las siguientes tareas y/o servicios:
-
Atención personal:
-
Apoyo en la higiene y cuidado personal.
-
Ayuda personal para aquellos usuarios que no puedan comer por sí mismos por vía oral
-
Ayuda a la ingestión de alimentos.
-
Ayuda en la administración de medicación vía oral, vía tópica y óptica.
-
Apoyo a la movilización dentro del hogar: ayuda a levantarse y acostarse .), caminar y sentarse, así como realizar movilizaciones y cambios posturales en situaciones de incapacidad del usuario para colaborar en su movilización, etc. utilizando las ayudas técnicas adecuadas para evitar riesgos de caídas o lesiones tanto para el usuario como para el profesional.
-
Apoyo y motivación en la realización de actividades de la vida cotidiana en el entorno doméstico que potencien la autonomía del usuario Atención doméstica.
-
-
Atención doméstica.
Incluirá las siguientes actividades:-
Limpieza de la vivienda: Limpieza o ayuda a la limpieza de la vivienda y a su mantenimiento en condiciones aceptables de higiene y salubridad.
-
Preparación de comidas y cocinado de alimentos en el hogar: elaboración de menús con o sin colaboración del usuario, así como otras tareas relacionadas con la preparación de comidas. Siempre que haya alguna circunstancia que impida el correcto desarrollo del CAD.
-
Lavado, tendido, planchado, repaso y organización de la ropa dentro del hogar, así como arreglos sencillos (pequeños descosidos, cosido de bajos, botones, etc.).
-
Acompañamiento a la compra: ayuda al usuario en la realización de compras de alimentos y de otros productos de primera necesidad.
-
El usuario del servicio deberá disponer en su domicilio de los utensilios y productos necesarios para la realización de los trabajos.
Quedan excluidos:
-
Los servicios de carácter sanitario, rehabilitador y en general todos aquellos que impliquen una especialización profesional sanitaria.
-
Acudir a consultas sanitarias de los menores.
-
La realización por parte de la persona auxiliar de trámites bancarios.
-
Tareas de atención a otros miembros de la familia o allegados que habiten en el mismo domicilio y no sean beneficiarios del servicio.
-
Limpieza de zonas comunes de la comunidad de vecinos.
-
Lavado a mano si hay lavadora.
-
Limpieza de metales que requieran tratamiento especial.
-
La realización de arreglos en la casa de cierta entidad.
-
La atención de animales domésticos.
En ningún caso sustituye la responsabilidad familiar.
Es necesario gestionar la valoración de dependencia y no es compatible con los recursos que esta normativa puede ofrecer.
DIRIGIDO A:
Servicio Municipal: Personas empadronadas en Móstoles y que reúnan las siguientes condiciones estipuladas en la Ordenanza Municipal reguladora del reconocimiento del Derecho y concesión de prestaciones sociales individuales de carácter económico y material.
Servicio por Dependencia: Personas empadronados en cualquiera de los municipios de la Comunidad de Madrid, se accede a estos servicios una vez reconocida la situación de dependencia y tras ser determinados como modalidad de intervención más adecuados en el Programa Individual de Atención (PIA), de acuerdo con las necesidades y preferencias del beneficiario.
TRAMITACIÓN:
Servicio Municipal: Presentar Solicitud individual prestaciones servicios Sociales y documentación correspondientes en los Registros Municipales del Ayuntamiento
.
Servicio por Dependencia: Presentar Solicitud de reconocimiento de situación de dependencia de reconocimiento de situación de dependencia y documentación correspondientes en los Registros Municipales del Ayuntamiento.