TEMA:

SUBTEMA:

Tributos

DENOMINACIÓN DEL SERVICIO/TRÁMITE/PROCEDIMIENTO:

RECLAMACIÓN ECONÓMICO ADMINISTRATIVA

¿EN QUÉ CONSISTE?

La reclamación económico-administrativa se realiza a través de un escrito firmado por el reclamante que ha de contener sus datos identificativos, así como el acto que se impugna.

Se trata de un recurso administrativo que tiene por objeto el conocimiento y resolución de las reclamaciones sobre actos de gestión, liquidación, recaudación e inspección de tributos e ingresos de derecho público, que sean de competencia municipal. La competencia en relación con los ingresos de derecho público de naturaleza no tributaria se limita a los actos dictados en vía ejecutiva.

¿QUIÉN LO PUEDE PRESENTAR?

Los destinatarios de las actuaciones tributarias o de recaudación de ingresos de derecho público no tributarios, sus sucesores y las personas cuyos intereses legítimos resulten afectados por tales actuaciones.

Presentación por persona física: podrán cumplimentar el modelo normalizado de reclamación económico-administrativa y presentarla por cualquiera de los medios habilitados sin perjuicio de los demás medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común.

Presentación por persona jurídica, por entidades sin personalidad jurídica, por quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional o quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración: deben presentarse obligatoriamente de manera electrónica.

PLAZO DE RECLAMACIÓN


La reclamación económico-administrativa se interpondrá en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la notificación del acto impugnado o de la sustitución derivada de las relaciones entre el sustituto y el contribuyente.

En el supuesto de deudas de vencimiento periódico y notificación colectiva, o de tributos cobrados mediante recibo, el plazo de interposición se computará desde el día siguiente al de finalización del periodo voluntario de pago.

En los supuestos de silencio administrativo, podrá interponerse la reclamación desde el día siguiente a aquél en que produzcan sus efectos.

DOCUMENTACIÓN NECESARIA


LEGISLACIÓN APLICABLE

PROCEDIMIENTO DE TRAMITACIÓN:
PRESENCIAL │ ELECTRÓNICO │ CORREO POSTAL
EN LÍNEA

¿Cómo se hace el trámite?

  1. Seleccione "Presentación de reclamación económico-administrativaEste enlace se abrirá en una ventana nueva".

  2. Cumplimente los datos de la solicitud, adjuntando en su caso la documentación que desee aportar.

  3. Siga las instrucciones de identificación y firma electrónica
    (Información: Certificados y firmas; Sistemas de Firma electrónica admitidosEste enlace se abrirá en una ventana nueva).

  4. Envíe o registre la reclamación económico-administrativa.

  5. Descargue o imprima su justificante y guárdelo.

PRESENCIAL

¿Cómo se hace el trámite?

  1. Descargue o cumplimente el modelo normalizado de Escrito de interposición de la reclamación. También puede guardarlo o imprimirlo directamente. Si lo prefiere puede imprimir una versión "en blanco" y cumplimentarlo de forma manuscrita.

  2. Acceda al Servicio de Cita PreviaEste enlace se abrirá en una ventana nueva del Tribunal Económico-Administrativo Municipal.
    Sin cita previa en la Oficina de Asistencia en materia de Registro y Atención Ciudadana del Ayuntamiento de Móstoles y en las Oficinas de las Junta de Distrito

  3. Acuda a la sede del Tribunal Económico-Administrativo Municipal o a alguna de las Oficinas de Asistencia en materia de Registro y Atención CiudadanaEste enlace se abrirá en una ventana nueva y entregue debidamente cumplimentado el modelo de reclamación económico-administrativa.

OTROS CANALES

¿Cómo se hace el trámite?

Envíe por correo administrativo el Escrito de interposición de la reclamación debidamente cumplimentado junto con la documentación necesaria a la siguiente dirección:


Dirección postal

Ayuntamiento de Móstoles

Tribunal Económico Administrativo de Móstoles

Calle de la Libertad Nº34, Posterior

28937 Móstoles (Madrid)

INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA:

Para ampliar la información relativa a la presentación, tramitación y resolución de la reclamación económica administrativa puede consultar:

Tribunal Económico Administrativo Municipal | Ayuntamiento de MostolesEste enlace se abrirá en una ventana nueva

UNIDAD ADMINISTRATIVA RESPONSABLE

TRIBUNAL ECONÓMICO ADMINISTRATIVO
Calle de la Libertad, número 34, posterior
28937 Móstoles (Madrid)
Teléfono: 916 64 63 30

Horario atención al Público Área: De 9:00 a 14:00 horas de Lunes a Viernes con CITA PREVIAEste enlace se abrirá en una ventana nueva