DERECHO A COMPENSACIÓN POR INTERRUPCIÓN DEL SERVICIO DE INTERNET

Cuando se produzcan interrupciones del servicio de internet el operador indemnizará al usuario con la devolución del importe de la cuota proporcional al tiempo de interrupción en la factura del periodo inmediato cuando la indemnización sea superior a un euro

No será aplicable lo anterior cuando la interrupción esté motivada por:

  • Incumplimiento grave por el abonado de las condiciones del contrato, en especial en caso de fraude o demora en el pago.
  • Por los daños producidos en la red debido a la conexión por el abonado de equipos que no hayan evaluado la conformidad.